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DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS SOLICITA A LAS ALMACENADORAS LIBERTAD DE CONTRATACIÓN.

El pasado 5 de junio de 2020 la dirección general de aduanas dirigió correspondencia oficial bajo la referencia SDOSF 493 / 06 2020, esta nota fue dirigida a los depósitos aduaneros públicos y depósitos temporales autorizados por la DGA.


La DGA basa con base en el artículo 22 y 90 del reglamento del código aduanero uniforme centroamericano RECAUCA donde se garantiza el cumplimiento de los intereses del mandante y la confiabilidad de las operaciones del agente aduanero, además de garantizar la libertad de contratación de los operadores de comercio exterior, solicito que se le conceda todas las facilidades que posibiliten que los usuarios de los depósitos puedan realizar sus operaciones, la libertad de contratación y prestación de servicios por parte de los agentes aduaneros y sus asistentes.


Finalmente la DGA se comprometió a ser garante del cumplimiento y acatamiento para evitar que se violen derechos de los operadores de comercio.




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